{"product_id":"prontuario-del-proceso-penal-acusatorio-y-oral-david-israel-lemus-orta-jose-david-ortega-garcia-david-rodriguez","title":"PRONTUARIO DEL PROCESO PENAL ACUSATORIO Y ORAL - David Israel Lemus Orta, José David Ortega García, David Rodríguez","description":"\u003cp\u003e\u003cstrong\u003eSINOPSIS\u003c\/strong\u003e\u003c\/p\u003e \u003cp\u003e\u003cspan\u003eEn la cruzada del Homo sapiens por el tiempo, éste se ha encargado de crear no sólo objetos materiales que dicho sea de paso han facilitado su estancia y evolución en el planeta tierra, sino, también, definir teorías e ideologías en las que se ha basado para guiar su camino, así como para comprender mejor su espacio temporal. En ese sentido, la humanidad, en su esfuerzo por transmitir los diversos valores y conocimientos desarrollados, ha agrupado su saber en disciplinas que han coadyuvado al desarrollo del sistema social. Desde el siglo VII hasta el VI a. C., fueron los griegos y posteriormente los romanos quienes establecieron las bases del derecho y rigieron sus sociedades en torno a sus conceptos de justicia y legalidad. Después, en el medievo, esos preceptos se perdieron y se dio paso a una sociedad que estableció su sistema de justicia con base en el uso de la fuerza, sin embargo, como bien lo señaló en su debido momento, Rousseau, en su obra clásica El contrato social, el más fuerte no lo es jamás bastante para ser siempre el amo o señor, sino transforma su fuerza en derecho y la obediencia en deber. En consecuencia, el derecho en específico el derecho penal, a partir de la época contemporánea, comenzó una evolución que lo ha llevado a establecerse como una disciplina indispensable para el orden y funcionamiento de cualquier sociedad. En México, a partir de la división de poderes (establecida en la Constitución de 1917), corresponde al Legislativo la creación y\/o modificación de las leyes y distintos ordenamientos normativos que rigen la vida de los ciudadanos. Así, pues, en la búsqueda de fortalecer el sistema penal nacional, en 2008 se creó el Código Nacional de Procedimientos Penales, que fue un primer intento por migrar de un sistema mixto inquisitivo a uno acusatorio y oral. Con posterioridad, esta modificación permitió que, en 2016, se estableciera el nuevo sistema penal acusatorio, actualmente vigente. A partir de 2018, con la conformación de la LXIV Legislatura de la que orgullosamente formo parte, hemos impulsado diversas iniciativas y reformas con el objetivo de fortalecer nuestro sistema penal, por ejemplo: la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y la Ley de la Guardia Nacional, que, a su vez, incluyen la Ley de Registro de Detenciones y la Ley Sobre el Uso de la Fuerza, abordadas en esta publicación con el objetivo de acercar a los lectores al sistema de investigación penal; asimismo, a lo largo de sus capítulos se abordarán conceptos, metodologías y técnicas de investigación, así como aportes científicos que enriquecen el desarrollo del proceso penal mexicano. Finalmente, quiero agradecer a la H. Universidad Analítica Constructivista de México, por su invitación a colaborar en la presente publicación, desde el H. Congreso de la Unión, hago un reconocimiento tanto a su labor como a su compromiso con la sociedad, en específico con el motor de nuestro país: la juventud, actores principales en la construcción de una nación prospera. \u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e \u003cp\u003e\u003cstrong\u003eINDICE:\u003c\/strong\u003e\u003c\/p\u003e \u003cp\u003e\u003cspan\u003e\u003cmeta charset=\"utf-8\"\u003ePRÓLOGO\u003cbr\u003e\u003cbr\u003eCapítulo I\u003cbr\u003eAntecedentes históricos, óntico-reflexivos del proceso penal\u003cbr\u003eDavid Israel Lemus Orta\u003cbr\u003e1.1 Generalidades del estudio de la historia\u003cbr\u003e1.2 Etapas históricas del proceso penal\u003cbr\u003e1.3 Modelos de enjuiciamiento penal\u003cbr\u003e1.4 Etapas de investigación criminal en México\u003cbr\u003e\u003cbr\u003eCapitulo II\u003cbr\u003eLa reforma constitucional de 2008 en materia de justicia penal y seguridad pública\u003cbr\u003eJosé David Ortega García\u003cbr\u003e2.1 Reformas constitucionales de relevancia anteriores a la reforma constitucional del 2008\u003cbr\u003e2.2 Artículos constitucionales reformados en materia procesal penal 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22\u003cbr\u003e2.3 El cambio del sistema mixto-inquisitivo al sistema acusatorio y oral\u003cbr\u003e2.4 Principios constitucionales señalados en el artículo 20 constitucional que rigen el proceso penal\u003cbr\u003e2.5 Creación del Código Nacional de Procedimientos Penales y los principios en el procedimiento\u003cbr\u003e2.6 Generalidades de los sujetos y partes procesales en el Código Nacional de Procedimientos Penales\u003cbr\u003e\u003cbr\u003eCapítulo III\u003cbr\u003eActos iniciales de investigación\u003cbr\u003eDavid Rodríguez Gutiérrez\u003cbr\u003e3.1 El primer respondiente\u003cbr\u003e3.2 Conocimiento del hecho\u003cbr\u003e3.3 El lugar de intervención\u003cbr\u003e3.4 Actividades en el lugar de intervención\u003cbr\u003e3.5 Conocimiento al Ministerio Público\u003cbr\u003e3.6 La policía de investigación\u003cbr\u003e3.7 Llegada del personal con capacidades para procesar\u003cbr\u003e3.8 El informe policial homologado\u003cbr\u003e3.9 Marco normativo\u003cbr\u003e3.10 Ley de la Guardia Nacional\u003cbr\u003e3.11 El personal con capacidades para procesar\u003cbr\u003e3.12 La policía facultada\u003cbr\u003e3.13 Los servicios periciales\u003cbr\u003e3.14 Actividades en el lugar de los hechos o del hallazgo\u003cbr\u003e3.15 El procesamiento del lugar\u003cbr\u003e3.16 El análisis de los indicios\u003cbr\u003e3.17 El Ministerio Público\u003cbr\u003e3.18 Actos de investigación que no requieren autorización del juez de control\u003cbr\u003e3.19 Actos de investigación que requieren autorización\u003cbr\u003eprevia del juez de control\u003cbr\u003e3.20 El llamado a los servicios periciales\u003cbr\u003e\u003cbr\u003e\u003cbr\u003eCapítulo IV\u003cbr\u003eLa labor y dirección en la investigación criminal\u003cbr\u003eJosé Luis García Cedillo\u003cbr\u003e4.1 El sistema de justicia procesal penal en México\u003cbr\u003e4.2 Etapas del procedimiento penal\u003cbr\u003e4.3 Etapa de investigación inicial\u003cbr\u003e\u003cbr\u003eCapítulo V\u003cbr\u003eEtapa de investigación complementaria\u003cbr\u003eJosé Luis García Cedillo\u003cbr\u003e5.1 Metodología de audiencias\u003cbr\u003e5.2 Audiencia de control de la legal detención\u003cbr\u003e5.3 Guía de conducción para la audiencia de control\u003cbr\u003e5.4 Guía de conducción para la audiencia de formulación de imputación\u003cbr\u003e5.5 Guía de conducción para solicitar y discutir una medida cautelar\u003cbr\u003e5.6 Guía de conducción para solicitar un auto de vinculación a proceso\u003cbr\u003eB.7 Plazos a resolver\u003cbr\u003e5.8 Resolución del órgano jurisdiccional\u003cbr\u003e5.9 Práctica para desarrollar\u003cbr\u003e\u003cbr\u003eCapítulo VI\u003cbr\u003eLa inserción del criminólogo en la etapa de investigación: la relevancia del estudio clínico criminológico para la individualización del riesgo social\u003cbr\u003eCésar David Martínez Rodríguez\u003cbr\u003eDiana Ivonne Sánchez Navarro\u003cbr\u003e6.1 Alcances y limitaciones desde la perspectiva criminológica en el sistema penal acusatorio en México\u003cbr\u003e6.2 La inserción del criminólogo en la investigación delictiva o antisocial\u003cbr\u003e6.3 El criminólogo ante los casos de inimputabilidad\u003cbr\u003e6.4 El criminólogo ante los casos provenientes de sectores indigenistas\u003cbr\u003e6.5 El criminólogo ante procedimientos especiales vinculados a la facultad de la víctima u ofendido\u003cbr\u003e6.6 Conclusiones preliminares\u003cbr\u003e\u003cbr\u003eCapítulo VII\u003cbr\u003eLos aportes criminológicos la etapa de investigación\u003cbr\u003eCésar David Martínez Rodríguez\u003cbr\u003eDiana Ivonne Sánchez Navarro\u003cbr\u003e7.2 Radiografía criminal del sujeto activo\u003cbr\u003e7.3 Radiografía victimal del sujeto pasivo\u003cbr\u003e7.4 Criminogénesis y criminodinámica: iter criminis e iter victimae\u003cbr\u003e7.5 El criminólogo frente a la teoría del caso\u003cbr\u003e7.6 El sustento jurídico de la valoración individual criminológica\u003cbr\u003e7.7 Conclusiones\u003cbr\u003e\u003cbr\u003eCapítulo VIII\u003cbr\u003eLa figura del juzgador a la luz del derecho penal mexicano\u003cbr\u003eBlanca Esther Argueta Garfias\u003cbr\u003e8.1 Funciones y obligaciones de los jueces de control en la etapa de investigación\u003cbr\u003e8.2 Juez de control o juez de garantías\u003cbr\u003e8.3 Tipos de audiencias que los jueces de control celebran en la fase de investigación\u003cbr\u003e\u003cbr\u003eCAPÍTULO IX\u003cbr\u003eFacultades del tribunal de alzada en etapa de investigación\u003cbr\u003eBlanca Esther Argueta Garfias\u003cbr\u003e9.1 Funciones y obligaciones del tribunal de apelación\u003cbr\u003e9.2 Facultad de pronunciamiento (en forma unitaria en forma colegiada)\u003cbr\u003e9.3 Trámite\u003cbr\u003e9.4 Causa de pedir\u003cbr\u003e9.5 Casos prácticos\u003cbr\u003e\u003cbr\u003eCapítulo X\u003cbr\u003eJuicio de amparo indirecto en etapa de investigación\u003cbr\u003eBlanca Esther Argueta Garfias\u003cbr\u003e10.1 Juicio de amparo indirecto en etapa de investigación\u003cbr\u003e10.2 Diferencias existentes entre el juicio de amparo directo e indirecto\u003cbr\u003e10.3 Casos prácticos\u003cbr\u003e\u003cbr\u003eCapítulo XI\u003cbr\u003eSistema de cadena de custodia, primer respondiente, un método práctico para la capacidad demostrativa de los elementos material probatorio y evidencia física en colombia\u003cbr\u003eCarlos Mauricio Archila Guio\u003cbr\u003e11.1 Introducción\u003cbr\u003e11.2 Contexto histórico\u003cbr\u003e11.3 Sistema de cadena de custodia\u003cbr\u003e11.4 Aspectos transversales\u003cbr\u003e11.5 Actividades desarrolladas en el sistema de la cadena de custodia\u003cbr\u003e11.5.1 Procedimientos del sistema de cadena de custodia\u003cbr\u003e11.5.2 Formatos de registro cadena de custodia\u003cbr\u003e11.6 Primer respondiente\u003cbr\u003e11.7 Conclusiones\u003cbr\u003e\u003cbr\u003eCapítulo XII\u003cbr\u003eLas aportaciones de la acústica forense en los delitos de secuestro y extorsión\u003cbr\u003een la ciudad de méxico\u003cbr\u003eErica Itzel Landa Juárez\u003cbr\u003eMauro Sevilla Blanco\u003cbr\u003e12.1 Introducción\u003cbr\u003e12.2 Concepto de acústica forense\u003cbr\u003e12.3 La acústica forense es una transdisciplina\u003cbr\u003e12.4 Producción de la voz humana\u003cbr\u003e12.5 Estadísticas de secuestro y extorsión en la república mexicana y Ciudad de México\u003cbr\u003e12.6 La biometría en la voz humana como aporte de la acústica forense\u003cbr\u003e12.7 La identificación de locutores para apoyar con la procuración de justicia\u003cbr\u003e12.8 Conclusiones\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e \u003cp class=\"p1\"\u003eEN CASO DE REQUERIR FACTURA\u003c\/p\u003e \u003cp class=\"p1\"\u003eDIRIGIRSE A:\u003c\/p\u003e \u003cp class=\"p1\"\u003ewww.libreriauniversitariadepuebla.com\u003c\/p\u003e 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